MEMORIAL NOTARIO NOTIFICADOR

 

SEÑOR JUEZ (A) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

 

____________________ de calidad y de datos conocidos en el proceso identificado en el acápite. Con todo respeto comparezco ante usted y:

EXPONGO:

  1. Que en virtud de lo indicado por el Notificador en la Razón de la cedula de notificación de fecha cinco de febrero de dos mil diecinueve,  que al constituirse en la dirección indicada nadie atendió el llamado a la misma  y por esa razón no se pudo llevar a cabo la diligencia, así mismo hizo constar la distancia y el camino de difícil acceso, sin embargo señor Juez, como consta en autos, el demandado ____________________ si vive ahí pero siempre se esconde para no recibir la notificación respectiva, por lo que para localizarlo en la dirección señalada es necesario hacerlo en días y horas inhábiles.
  2. Por lo anterior Señor Juez considero respetuosamente,  habilitar días y horas inhábiles de conformidad con lo establecido en el artículo sesenta y cinco del Código Procesal Civil y Mercantil ya que como se mencionó el señor ____________________ es difícil localizarlo en días y horas hábiles.
  3.  Para poder llevar a cabo la Notificación respectiva en días y horas inhábiles respetuosamente propongo como NOTARIO NOTIFICADOR al Notario ____________________, de veintinueve años de edad, soltero,  Abogado y Notario, guatemalteco y de este domicilio, con número de Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación ____________________ (XXXX XXXXX XXXX) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala con número de colegiado activo ____________________ (XXXXX)
  4. Asimismo propongo al mismo Notario como MINISTRO EJECUTOR, para que requiera de pago al demandado  por la suma de TREINTA MIL QUETZALES EXACTOS más costas procesales.
  5. Que se señale día y hora para que se le discierna el cargo como notario notificador al Notario propuesto dentro del proceso identificado en el acápite.

FUNDAMENTO DE DERECHO:

El artículo 71 del Código Procesal Civil y Mercantil, en sus partes conducentes establece: “Para hacer las notificaciones personales, el notificador del tribunal o un notario designado por el Juez a costa del solicitante y cuyo nombramiento recaerá preferentemente en el propuesto por el interesado, irá a la casa que haya indicado éste y, en su defecto, a la de su residencia conocida o lugar donde habitualmente se encuentre y si no lo hallare, hará la notificación por medio de cédula que entregará a los familiares o domésticos o a cualquier otra persona que viva en la casa.  Si se negaren a recibirla, el notificador la fijará en la puerta de la casa y expresará al pie de la cédula, la fecha y la hora de la entrega y pondrá en el expediente razón de haber notificado de esa forma……… Cuando la notificación se haga por notario, el juez entregará a éste original y copias de la solicitud o memorial y de la resolución correspondiente debiendo el notario firmar en el libro la constancia de darse por recibido.  Los notarios asentarán la notificación a continuación de la providencia o resolución correspondiente.  Los abogados de los litigantes no podrán actuar como notarios notificadores en el proceso de que se trate.

El artículo 65 del Código Procesal Civil y Mercantil indica que podrá pedirse, la habilitación de días y horas inhábiles, para la realización de la diligencia sin cuyo cumplimiento corra grave riesgo el ejercicio de un derecho.

Artículo 33 del Código Procesal Civil y Mercantil, el juez podrá a instancia de parte encomendar a un notario la realización de determinados actos, incluso notificaciones y discernimientos.

PETICIONES:

  1. Que se admita para su trámite el presente memorial y se agregue al expediente identificado en el acápite._________________ de veintinueve años de edad, soltero,  Abogado y Notario, guatemalteco y de este domicilio, con número de Documento Personal de Identificación con Código Único de Identificación ____________________ (XXXX XXXXX XXXX) extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala con número de colegiado __________________ (XXXXX)
  2. Que se nombre MINISTRO EJECUTOR, al notario ___________________ para que requiera de pago al demandado por la suma de TREINTA MIL QUETZALES EXACTOS más costas procesales.
  3. Que se señale día y hora para que se discierna el cargo como Notario Notificador y Ministro Ejecutor al Notario Propuesto.
  4. Solicito se pueda actuar en días y horas inhábiles de conformidad con la ley.
  5. Que estando nombrado el notario notificador se le entreguen los documentos de ley para que notifique de conformidad con la ley.
  6. Ruego acceder a lo solicitado.

CITA DE LEYES: Fundo mi petición en la ley citada y en los artículos: 1, 25, 26, 27, 61, 62, 63, 106, 107, 177, 178 del Código Procesal Civil y Mercantil; 141,142,143, de la ley del organismo Judicial; 28, 29 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

 

Guatemala 09 de julio del año dos mil diecinueve

 

Acompaño duplicado y dos copias del presente memorial.

A ruego de la presentada y en su auxilio.  



NOTARIO NOTIFICADOR


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